Seguramente, alguna vez hayas escuchado del reconocimiento médico laboral, chequeo médico, revisión o control médico, pero, ¿en qué consiste cada uno?¿Son diferentes pruebas?
En primer lugar, todos los términos usados son sinónimos y la manera correcta de llamarlo es reconocimiento médico laboral.
Puede que tengas que hacerte un reconocimiento dentro de poco o has escuchado hablar de él y tienes dudas sobre en qué consiste, para qué se hace, etcétera, etcétera, etcétera.
Hoy te explicamos con detalle que es un reconocimiento médico laboral, ¡quédate para conocerlo!
¿Qué es un reconocimiento médico laboral y para qué se realiza?
El reconocimiento médico laboral es un reconocimiento médico que se lleva a cabo a los trabajadores de una empresa, con el objetivo de obtener datos clínicos y epidemiológicos del paciente que ayuden al profesional sanitario a detectar problemas de salud del trabajador, siempre en relación con los riesgos del puesto de trabajo.
En resumen, es un conjunto de pruebas y exploraciones que tanto doctores como enfermeros hacen para saber si nuestro puesto de trabajo está afectando o no a nuestra salud. También se emplea para saber si un trabajador es apto para un puesto de trabajo.
Preguntas frecuentes sobre el reconocimiento médico laboral
En esta lista, hemos dado respuesta a las preguntas que más comúnmente nos hacen nuestros pacientes acerca de este reconocimiento.
¿Es obligatorio?
La respuesta a esta pregunta es ambigua, ya que depende del sector de la empresa del trabajador.
Según el artículo 243 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, los reconocimientos médicos serán obligatorios siempre que el puesto de trabajo suponga riesgo de enfermedad profesional (trabajadores de amianto, por ejemplo). Es decir, aquellas empresas con puestos de trabajo que lleve implícito riesgo para la salud, tendrán que realizar obligatoriamente esos reconocimientos médicos.
De igual forma, será de obligado cumplimiento en el caso de que la salud del trabajador pueda ser considerado un riesgo para él o para otros trabajadores, o cuando esté establecido legalmente.
En estos casos, si el trabajador se negase a realizarlo se expone a las sanciones contempladas en la ley, pudiendo llegar al despido procedente.
Según el artículo 22 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, la empresa está obligada a poner a disposición del trabajador el reconocimiento médico. Pero, si la empresa no está contemplada como trabajo de riesgo, solo podrá realizar el reconocimiento si el trabajador expresa su voluntad de hacerlo.
En resumidas cuentas, el reconocimiento médico laboral, en este último caso es un derecho voluntario del trabajador pero de obligación para la empresa disponer de ese servicio. Si la empresa no dispusiese de él, en caso de enfermedad laboral, será esta la responsable directa de la enfermedad.
Por tanto, siempre recomendamos que la empresa haga saber de manera clara a sus trabajadores que dispone del reconocimiento y, si estos no quieren hacerlo, que se exprese por escrito.
¿Conocerá mi empresa los resultados del reconocimiento?
La respuesta ante esto es clara, no los sabrá.
Tu empresa solo recibirá una notificación de Apto o No Apto para el puesto de trabajo.
Ya que el reconocimiento médico está amparado por la Ley de Protección de Datos (LOPD), los resultados médicos no pueden ser comunicados a la empresa sin el consentimiento del trabajador.
¿En qué horario se debe hacer?
Debe hacerse dentro del horario laboral. En el caso de que esto no fuese así, la empresa deberá compensar al trabajador por ese tiempo fuera de la jornada de trabajo.
¿Cada cuánto tiempo hay que hacérselo?
Existen diferentes reconocimientos médicos en función y el momento en el que se realicen:
- Inicial: es el que se realiza tras la incorporación a un puesto de trabajo. De esta forma conoceremos el estado de salud previo a comenzar la actividad laboral.
- Periódico: se lleva a cabo a intervalos de tiempo una vez se comienza en el puesto de trabajo. La periodicidad dependerá de si es obligatorio realizárselo o no y del sector de la empresa. Lo normal es hacerse uno cada año.
- Tras modificación en nuestro cargo laboral: se realiza si modifican nuestro puesto de trabajo o nos asignan más tareas con riesgos determinados para la salud.
- Tras una ausencia prolongada del trabajador: es el que se realiza cuando el trabajador se incorpora a su puesto después de un largo periodo de tiempo de ausencia por motivos de salud.
- Vigilancia periódica de salud más allá del fin de la relación laboral: es el que se lleva a cabo una vez termina el trabajador su relación laboral con la empresa. Se realiza debido a que los riesgos para la salud de ese trabajo persisten una vez este concluya.
Cómo se realiza el reconocimiento médico
Como hemos comentado anteriormente, este reconocimiento se lleva a cabo a través de diferentes pruebas que ayuden a los profesionales a establecer un diagnóstico.
Dependiendo del sector de la empresa del paciente, en cada reconocimiento podrán incluirse pruebas específicas para detectar patologías de ese puesto de trabajo. No obstante, todos los reconocimientos tienen las siguientes pruebas comunes:
- Estudio del historial médico y de los antecedentes familiares.
- Antecedentes personales y laborales.
- Exploración clínica: peso, talla, IMC, pulso, perímetro abdominal…
- Exploración física: toma de tensión arterial, auscultación respiratoria y cardíaca, exploración del aparato locomotor, del sistema neurológico, del abdomen y de la piel.
- Pruebas complementarias: análisis de sangre y orina, electrocardiograma, audiometría, espirometría, prueba de la visión…
Bonus: Reconocimiento Médico para Opositores
El reconocimiento médico para opositores es aquel que se realiza para obtener un Certificado Médico Oficial.
Existen múltiples oposiciones que, para poder acceder a ellas, es necesario cumplir una serie de requisitos físicos y de salud.
De manera similar al reconocimiento médico laboral, en el reconocimiento para opositores se busca reconocer a esa persona como Apto o No Apto para el puesto al que se presenta.
Mediante pruebas parecidas a las anteriormente explicadas añadiendo aquellas específicas para cada oposición, el médico emitirá un Certificado Médico Oficial que acredite al opositor como capacitado para presentarse al examen y optar a esa plaza.
Si necesitas un reconocimiento médico para tu oposición, asegúrate de que el médico sepa bien los requisitos que necesitas para acceder.
En Policlínica La Real, nuestros médicos son especialistas en llevar a cabo estas pruebas y podrán asesorarte en lo que más necesites.
Si necesitas más información sobre el reconocimiento médico laboral o deseas hacerte uno, en nuestra clínica privada en Maracena te atenderán los mejores profesionales. Entra y pide cita previa en el médico para realizarte tu reconocimiento médico laboral y para opositores.